La Corte Suprema de Brasil determinó que los beneficios fiscales incorporados a las legislaciones estatales solo pueden ser revocados siguiendo las reglas establecidas en el ámbito del Confaz.
El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil decidió el jueves 24 de septiembre que los estados no pueden revocar unilateralmente beneficios fiscales del Impuesto sobre Circulación de Mercancías y Servicios (ICMS) que hayan sido aprobados mediante convenios del Consejo Nacional de Política Fiscal (Confaz). La decisión fue adoptada durante el análisis de acciones relacionadas con beneficios fiscales destinados a las Áreas de Libre Comercio de la Región Norte del país. (Agência Brasil)
Según el entendimiento de la Corte, las decisiones del Confaz no modifican automáticamente la legislación tributaria de cada estado. Sin embargo, una vez que las reglas aprobadas por el organismo son incorporadas a las normas estatales, su eventual revocación debe respetar los procedimientos establecidos por el propio consejo. El Confaz está integrado por representantes del Ministerio de Hacienda y por los secretarios de Hacienda de los estados brasileños. (Agência Brasil)
La sentencia se produjo a partir de una disputa que involucra a São Paulo y a los estados de Rondônia, Acre, Amapá y Roraima. El proceso está relacionado con la llamada guerra fiscal entre los estados brasileños y con una norma paulista que había limitado beneficios relacionados con mercancías destinadas a las Áreas de Libre Comercio de la Región Norte. (Agência Brasil)
La decisión del Supremo y las reglas del Confaz
El juicio analizado por el STF se refiere a beneficios fiscales del ICMS que habían sido establecidos mediante acuerdos dentro del Confaz. El tribunal consideró que, después de que esos beneficios son incorporados a las legislaciones estatales, un gobierno regional no puede simplemente eliminarlos por decisión propia sin observar las reglas previstas para ese tipo de modificación. (Agência Brasil)
El Confaz funciona como un espacio de coordinación entre el Gobierno federal y los estados en materia de impuestos estatales. El organismo reúne a representantes del Ministerio de Hacienda y a los secretarios de Hacienda de las unidades federativas. De acuerdo con la información divulgada sobre el caso, la revocación de beneficios requiere una aprobación de al menos cuatro quintas partes de los representantes. (Agência Brasil)
El fallo no significa que los estados pierdan toda capacidad para modificar sus políticas tributarias. El punto central establecido por el Supremo está relacionado con los beneficios fiscales que fueron aprobados mediante los mecanismos previstos en el Confaz y posteriormente incorporados a la legislación de los estados. Cualquier cambio debe respetar las reglas aplicables al sistema de coordinación fiscal.
La controversia también tiene relación con el principio de coordinación entre las unidades federativas. El STF analizó si un estado puede modificar por cuenta propia una ventaja tributaria que forma parte de un régimen construido mediante acuerdos entre diferentes gobiernos estatales. La cuestión tiene impacto directo sobre la forma en que se administran determinados incentivos fiscales en Brasil.
Conflicto entre São Paulo y estados de la Región Norte
El proceso analizado por la Corte surgió a partir de acciones presentadas por Rondônia, Acre, Amapá y Roraima contra una norma aprobada por el Gobierno de São Paulo en 2020. El decreto paulista había limitado una exención del ICMS para mercancías enviadas a las Áreas de Libre Comercio existentes en la Región Norte. (Agência Brasil)
Las Áreas de Libre Comercio forman parte de políticas destinadas a estimular determinadas actividades económicas en regiones específicas de Brasil. Los gobiernos de los estados afectados cuestionaron ante el STF la posibilidad de que São Paulo modificara unilateralmente el tratamiento tributario aplicado a esas operaciones comerciales.
La disputa se inserta en un contexto más amplio conocido en Brasil como guerra fiscal, expresión utilizada para describir conflictos entre estados relacionados con la concesión, modificación y disputa por incentivos tributarios. Estas políticas pueden influir en las decisiones empresariales sobre producción, distribución e inversiones entre diferentes regiones del país.
En enero de 2026, el Gobierno de São Paulo restableció la exención cuestionada, pero estableció que el beneficio tendría vigencia hasta el 30 de septiembre. La fecha passou a ter relevância no contexto do julgamento, já que coincide com o prazo definido pelo governo paulista para a manutenção da medida. (Agência Brasil)
El caso también demuestra cómo las decisiones tributarias de un estado pueden generar efectos sobre operaciones comerciales que involucran otras unidades federativas. Por ese motivo, la discusión llegó al STF, que tuvo que analizar los límites de la autonomía estatal frente a las reglas nacionales de coordinación del ICMS.
Votación de 6 a 3 en el STF
La decisión fue adoptada por 6 votos contra 3. La ministra Cármen Lúcia, relatora del caso, encabezó la posición mayoritaria. Su entendimiento fue acompañado por los ministros Flávio Dino, Cristiano Zanin, Alexandre de Moraes, Dias Toffoli y Edson Fachin. (Agência Brasil)
Durante el juicio también hubo una posición diferente. El ministro Luiz Fux sostuvo que los estados tienen autonomía para revocar beneficios fiscales sin una aprobación previa del Confaz. Su posición fue acompañada por los ministros André Mendonça y Nunes Marques. (Agência Brasil)
La divergencia muestra que el debate jurídico no se limitó a la existencia de los beneficios fiscales, sino que también involucró la relación entre autonomía estatal y coordinación tributaria. La mayoría entendió que una modificación unilateral de beneficios incorporados a las legislaciones estatales debe someterse a las reglas establecidas en el sistema del Confaz.
El fallo establece, por tanto, un parámetro para futuras disputas relacionadas con beneficios del ICMS. Los estados que hayan incorporado determinados incentivos fiscales aprobados mediante convenios deberán observar los procedimientos correspondientes antes de intentar eliminarlos o modificarlos.
La decisión también puede tener repercusiones en otros conflictos relacionados con incentivos tributarios. Sin embargo, la aplicación concreta dependerá de las características de cada beneficio, de la legislación estatal correspondiente y de las reglas nacionales que regulan el ICMS.
El juicio del STF se suma a una serie de decisiones recientes de la Corte relacionadas con la política tributaria y la distribución de competencias entre los estados brasileños. En este caso específico, el resultado refuerza la necesidad de observar los mecanismos de coordinación establecidos en el Confaz cuando se trate de beneficios fiscales previamente incorporados a las legislaciones estatales. (Agência Brasil)

